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Tramitación de Gastos de Investigación

Tramitación de Gastos de Investigación

Gestión Económica de la Investigación

La contratación de servicios o suministros en el marco de un proyecto de investigación está sujeta, como norma general, a la Ley de Contratos del Sector Público, a la Ley General de Subvenciones, a las Bases de Ejecución Presupuestaria de la Universidad Autónoma de Madrid y a la normativa específica de cada convocatoria.

Para facilitar dicha contratación, desde el Servicio de Gestión Económica de Investigación se han dispuesto los siguientes procedimientos en función del importe y la naturaleza de los bienes o servicios a contratar.

1.-CONTRATACIÓN DIRECTA

Se podrán contratar de forma directa los siguientes gastos

  1. Bienes de carácter inventariable cuyo importe sea inferior a 1.000 euros (IVA excluido). Los bienes tienen carácter inventariable cuando su periodo de vida útil es superior a un año.
  2. Bienes de carácter no inventariable y servicios, por importe total inferior a 5.000 euros (IVA incluido).
TRAMITACIÓN

La contratación de estos bienes la podrá hacer el investigador de forma directa con el proveedor y, para tramitar estos gastos, únicamente deberá hacer llegar la factura correspondiente por cualqueira de los medios habilitados a tal efecto.

2.- CONTRATOS MENORES

Cuando se pretenda contratar

   1. Bienes de carácter inventariable. Tienen carácter inventariable los bienes que reunen simultáneamente las dos características siguientes:

  • Que su periodo de vida útil sea superior a un año.
  • Que su precio unitario de adquisición sea superior a 1.000 euros, IVA no incluido.

   2. Bienes no inventariables o servicios, cuando las facturas sean superiores a 5.000 euros (IVA incluido)

será imprescindible la tramitación previa de un contrato menor, que deberá contar con la aprobación del gasto por parte del Vicerrector de Política Científica.

TRAMITACIÓN

Para tramitar un contrato menor es necesario que se remita a contratos.inv@uam.es:

  1. Formulario de solicitud de contrato menor,
  2. Tres presupuestos de empresas diferentes o
  3. Si se trata de un servicio/suministro que sólo pueda hacer por motivos de exclusividad una empresa, se deberá incluir, además del presupuesto de dicha empresa, un certificado de exclusividad emitido por la misma.

IMPORTANTE: El plazo máximo de duración de un contrato menor es de un año, por lo que cualquier contrato de duración superior requerirá una licitación pública.

3.- LICITACIONES PÚBLICAS

Será imprescindible la tramitación de una licitación pública en los siguientes casos:

  1. Cualquier contratación por un importe superior a 50.000 euros (IVA no incluido).
  2. La contratación de servicios o suministros con entregas sucesivas con un plazo de ejecución superior a un año.
TRAMITACIÓN

Para iniciar el procedimiento, será necesario ponerse en contacto con el Servicio de Contratación (servicio.contratacion@uam.es)

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