Aprobado por el Consejo de Gobierno el 18 de marzo de 2022
Introducción
Esta normativa es aplicable a todos los proyectos internacionales, incluidos los financiados con fondos europeos , en los que la UAM participe como institución socia o coordinadora gestionados por el Vicerrectorado de Internacionalización.
Estos proyectos suelen recibir financiación para gastos de personal, viajes, subcontratación, equipos, material fungible, y también reciben financiación para recursos propios que la UAM emplea en desarrollar el proyecto. Este último tipo de financiación puede incluir gastos de personal propio, gestión y costes indirectos. Los gastos de personal propio se denominan Recursos Liberados en aquellos casos en los que el PDI esté contratado por el capítulo I. La presente normativa se aplica tanto a los casos en los que la UAM sea institución socia como a aquellos en los que sea coordinadora
Se incluyen, entre otros, los siguientes proyectos: Erasmus+ KA2 y KA3 (Asociaciones Estratégicas, Asociaciones de Excelencia, Jean Monnet, Capacity Building), Cultura, EuropeAid, AUF, etc.
1. Beneficiarios
Con el fin de promover la internacionalización de la UAM, a través de la participación del PDI en proyectos internacionales, la UAM pone estos recursos liberados a disposición de los coordinadores de los proyectos, en el modo, cuantía, plazos y finalidades descritas en la presente normativa.
2. Creación de proyecto UAM-Internacionalización
Con objeto de simplificar la gestión de los fondos y llevar el necesario control de los gastos asociados, los recursos liberados se pondrán a disposición del coordinador, una vez cerrado y justificado el proyecto.
Para poder recibir y hacer uso de los recursos liberados será necesaria la creación de un proyecto UAM-Internacionalización según el procedimiento indicado más adelante.
Para crear un proyecto UAM-Internacionalización el coordinador deberá cumplimentar un impreso de solicitud (Anexo) con una propuesta de proyecto que incluirá una breve Memoria de Actividades que describa los trabajos a llevar a cabo, los objetivos a alcanzar y un listado de miembros del equipo de trabajo de la UAM. Este listado no podrá ser modificado salvo en casos justificados que serán evaluados y aprobados por la comisión de internacionalización. La solicitud se enviará por correo electrónico a proyectos.internacionales@uam.es.
3. Cuantía
Los recursos liberados corresponderán a las horas estimadas de trabajo del PDI. La cantidad total que el coordinador podrá utilizar ascenderá al 80% de los recursos liberados. El 20% restante se repartirá entre el Vicerrectorado de internacionalización (15%) y el Departamento o Instituto de Investigación (5%) en el que el investigador desarrolle su actividad. Si el coordinador así lo solicitara, podría aumentarse el porcentaje destinado al Departamento/Instituto, sustrayéndose esta cantidad del 80% de remanente a disposición del coordinador. El Vicerrectorado utilizará estos fondos para promover actividades propias de las competencias que tiene delegadas.
4. Plazos
Con objeto de llevar el necesario control de los gastos asociados, los fondos podrán ser solicitados una vez que exista un informe financiero (final o intermedio) aprobado por la Comisión Europea o el organismo financiador que permita calcular la cuantía de los recursos liberados.
Tras el informe intermedio, el proyecto UAM-Internacionalización podrá ser financiado, como máximo, con el 80% de los recursos liberados hasta la fecha de dicho informe. Los posibles recursos que se liberen durante el resto del proyecto (o, en su caso, la totalidad) serán transferidos una vez aprobado el proyecto UAM-Internacionalización.
La creación del proyecto UAM-Internacionalización y solicitud de transferencia de los recursos liberados al mismo podrá realizarse en un plazo máximo de 6 meses tras la notificación al coordinador de la aprobación de los informes finales.
Los fondos transferidos al proyecto UAM-Internacionalización tendrán una vigencia máxima de tres años después de la finalización del proyecto que ha generado los recursos liberados. En caso de que al finalizar este plazo queden fondos sin utilizar, el investigador podrá solicitar una prórroga debidamente justificada del proyecto por otro año, antes de que la finalización de este.
5. Finalidad
Los fondos transferidos al proyecto UAM-Internacionalización podrán emplearse en actividades de carácter científico debidamente justificadas. Estas actividades incluyen, entre otras, la adquisición de material fungible e inventariable, la contratación de personal científico o de gestión, la realización de viajes de finalidad científica (incluyendo reuniones de trabajo), las visitas de investigadores externos a la UAM para impartir conferencias o realizar estancias de trabajo, la adquisición de material bibliográfico, la inscripción en cursos/conferencias, la contratación de servicios externos o propios y el pago de complementos salariales a los miembros de equipo de investigación hasta el máximo permitido por la legislación vigente.
6. Justificación
Al finalizar el nuevo proyecto, se deberá entregar en el Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad (SERIM) una memoria de justificación de gastos de los fondos concedidos en el plazo de un mes. Los gastos relativos a estas actividades seguirán las mismas normas de justificación que el resto de los proyectos gestionados por estos servicios.
7. Disposición transitoria
Aquellos proyectos internacionales gestionados por el Vicerrectorado de Internacionalización que hayan finalizado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente normativa y no hayan solicitado un proyecto UAM-Internacionalización de los recursos liberados, podrán solicitarlo conforme a esta normativa y contarán para ello con un plazo extraordinario de 9 meses a partir de la publicación de la presente normativa en el boletín de la UAM.
Para los proyectos que hayan finalizado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente normativa y se haya pasado el plazo para solicitar un proyecto UAM de recursos liberados conforme a la normativa anterior de 13 de noviembre de 2015, no lo podrán solicitar ahora. Estos serán los proyectos cerrados antes de noviembre de 2018.
Para los proyectos de gestión de recursos liberados que hayan sido solicitados y aceptados conforme a la normativa anterior, se continuará aplicando dicha normativa hasta su finalización.
8. Disposición derogatoria
Queda derogada la "Normativa de la Universidad Autónoma de Madrid para la Gestión de los Recursos Liberados Procedentes de Proyectos Internacionales de Educación y Cooperación gestionados por la Oficina de Relaciones Internacionales y Movilidad” aprobada por Consejo de Gobierno, 13 de noviembre de 2015. Asimismo, quedan derogados aquellos preceptos contenidos en cualquier normativa aprobada por cualquier órgano de gobierno colegiado o unipersonal de la UAM, en aquellos aspectos que se opongan a los contenidos en la presente normativa.
9. Entrada en vigor
La presente normativa entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la UAM.
Área de descargas
Normativa para la Gestión de los Recursos Liberados Procedentes de Proyectos Internacionales
Solicitud de recursos liberados de proyectos internacionales
Normativa Recursos Liberados 2015 (derogada)
Documentación para solicitar complemento salarial
RRLL Complemento salarial_justificación solicitud [128.50 KB]
RRLL Complemento salarial_carta de pago [162.30 KB]
RRLL Complemento salarial_declaración investigador [161.17 KB]
RRLL Complemento salarial_declaración jurada ingresos [161.09 KB]
Contacto
Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad (Horario)
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