Esta convocatoria se dirige a quienes cursen las distintas enseñanzas postobligatorias del sistema educativo español, tanto de nivel no universitario como de nivel universitario y tiene como finalidad la compensación al alumnado que reúna determinados requisitos socioeconómicos y académicos por los gastos que conlleva el proceso educativo, mediante la concesión directa y pago de una beca.
La concesión de las becas incluye la gratuidad de los costes de matriculación de los estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores, esta convocatoria también regula la compensación a las universidades y centros de enseñanzas artísticas por los precios públicos dejados de percibir de los estudiantes becados.
- Organismo
- Ministerio de Educación
- Destinatarios
Estudiantes de grado
Estudiantes de máster
Estudiantes de nuevo ingreso
- Plazo de solicitud
- desde el día 24 de marzo de 2025 a las 8,00 horas al 14 de mayo de 2025 a las 15,00 horas
- Estado
- Plazo de solicitud abierto
Normativa / Convocatoria
Publicado el Real Decreto 163/2025 [354.92 KB] , de 4 de marzo (BOE de 5 de marzo de 2025), por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
- Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2025-2026
Convocatoria
Fecha de publicación en el BOE: 20 de marzo de 2025
Lugar de presentación
Las solicitudes de beca deberán presentarse, en todo caso, en el plazo, aunque dicho plazo no coincida con el plazo de matrícula correspondiente.
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Una vez dentro, tienes que rellenar el formulario online
(No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos).
Si le surgen dudas cuando este rellenando el formulario, pude consultar en el siguiente enlace dudas
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Sección becas y ayudas al estudio
Universidad Autónoma de Madrid • Campus de Cantoblanco
C/ Einstein, n° 5 - Plaza Mayor
28049, Madrid
seccion.becas@uam.es (facilitar nombre y apellidos, NIF/NIE, y estudios).
La documentación se presentará a través de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Horario de atención al público
de mañana: de lunes a viernes de 9,00 h a 14,00 h
de tarde: de lunes a jueves de 15,00 h a 17,00 h
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