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Early Admission

Consulta de admisión y posibles trámites posteriores

Consulta de admisión y trámites posteriores

Consulta resultado Early Admission

Aquí se publicará la resolución de admisión de las dos fases del proceso.

  • Resolución de admisión 1ª Fase – 17 de enero de 2025
  • Resolución de admisión 2ª Fase – 25 de marzo 2025

Ratifica tu admisión y realiza tu matrícula

Para ratificar la admisión el/la estudiante deberá abonar 300 € en concepto de reserva de plaza, que se le descontarán del importe de la matrícula.

El plazo para el pago de la reserva será hasta el 20 de enero de 2025, en la primera fase, y hasta el 25 de abril de 2025, en la segunda fase.

Esta reserva no será devuelta, ni traspasada a años posteriores, si finalmente no se realiza la matrícula. En concreto, la no concesión de visados o de la homologación del bachillerato no dará derecho a la devolución de la reserva.

El pago se realizará a través de TPV, consignando en el cuerpo del mensaje nombre y apellidos del/de la estudiante, acompañado de la frase “Reserva Early Admission” (Ejemplo: Andrew Seller – Reserva Early Admission). El resguardo se remitirá a seccion.admision@uam.es.

Una vez pagada la reserva y enviado el resguardo, el/la estudiante recibirá la carta de admisión.

MATRÍCULA

Llegado el momento, el/la estudiante deberá formalizar su matrícula con la Facultad donde haya sido admitido/a. Puede consultar toda la información sobre matrículas en la UAM y el plazo de cada Facultad en los siguientes enlaces:

Listas de espera y reclamaciones

LISTAS DE ESPERA

Las solicitudes que por nota no hayan conseguido la plaza, quedarán automáticamente en LISTA DE ESPERA, para los casos en que las plazas asignadas no fueran ratificadas por los admitidos a través de la formalización de la reserva.

Si no has sido admitido por esta vía, también podrás solicitar plazas en el mes de junio a través del procedimiento general de admisión

RECLAMACIONES

Plazo de presentación: Un mes a partir de la publicación de la resolución.

En caso de que se considere que ha habido un error administrativo con contra la resolución del proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 3/2022, de 22 de marzo, agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejo de Gobierno de la UAM, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.