Es objeto de la presente convocatoria es promover la iniciación en tareas de investigación de los estudiantes universitarios que vayan a finalizar los estudios de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales, mediante la asignación de una beca que les permita iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
R e q u i s i t o s :
Estudiantes de Grado:
- Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de Grado que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial.
b) Estar matriculado en el curso 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios de Grado y haber superado el 75 por ciento de la carga lectiva de su titulación.
c) Haber obtenido como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
• 7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
• 7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
• 7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud
• 8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades
d) En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados, solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la que opte a la beca de colaboración.
Estudiantes de Máster:
2. Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de primer curso de Másteres oficiales que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor. No tener superados todos los créditos a excepción del trabajo fin de máster de un Máster diferente de aquél para el que se solicita la beca.
b) Estar matriculado en el curso 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
c) Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al master, la nota media establecida en el apartado 1 de este artículo en función de la rama de conocimiento de procedencia.
Los requisitos anteriormente mencionados que no figuren en el expediente del solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a los solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades la actualización de sus expedientes académicos.
Importante:
Proyecto de colaboración
- Los solicitantes deberán presentar, dentro del plazo establecido en el apartado 1 del artículo 9, un proyecto de colaboración a desarrollar dentro de alguna de las líneas de investigación en curso de los departamentos universitarios que versará, en todo caso, sobre alguna de las materias de formación básica u obligatorias para la obtención de la titulación que se esté cursando, en el que se describirán detalladamente las funciones que se van a realizar durante la colaboración así como el régimen de dedicación y tareas que deberá cumplir el becario.
- El proyecto deberá presentarse debidamente avalado y puntuado por el consejo de departamento, en el que éste vaya a desarrollarse, reunido en pleno o en comisión, de acuerdo con lo especificado en el artículo 12 de esta convocatoria.
- La Plantilla [204.84 KB] , debe ser cumplimentada por el Departamento en el que quieres realizar la colaboración. Es la misma que aparece al solicitar la beca, pero te la puedes bajar ya para irla cumplimentando. Una vez cumplimentada, deberás subirla a la aplicación cuando solicites la beca (del 11 de junio al 17 de septiembre de 2024)
Más información, en la página del Ministerio:
- Organismo
- Ministerio de Educación
- Destinatarios
Estudiantes de grado
Estudiantes de máster
- Plazo de solicitud
- Empezará el 11 de junio y finalizará el 17 de septiembre de 2024, ambos inclusive
- Estado
- Plazo de solicitud cerrado
Normativa / Convocatoria
Extracto de la Resolución de 25 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación. Publicado con fecha 30 de mayo de 2024.
Extracto Resolución [168.21 KB]
Convocatoria becas colaboración. Publicada con fecha 30 de mayo de 2024.
Lugar de presentación
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección en el apartado correspondiente a "Buscar trámites". Junto con la solicitud se acompañará, a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato "pdf", la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración que se vaya a desarrollar y la evaluación del mismo por el departamento.
Quienes resulten beneficiarios de la ayuda deberán prestar su colaboración a razón de tres horas diarias durante siete meses y medio a contar desde la fecha de incorporación al departamento correspondiente como becario de colaboración, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración en la universidad en la que estén matriculados en el curso 2023-2024
Información adicional
Con fecha 31 de mayo de 2024 se publica la distribución aprobada por el Consejo Social en su sesión plenaria de 29 de mayo de 2024.
Asignación número de becas colaboración a departamentos [383.58 KB]
Listados provisionales
Acuerdo de la Comisión de Selección de Becarios de la Universidad Autónoma de Madrid, celebrada el día 30 de octubre de 2024, ha resuelto publicar, los listados provisionales de candidatos con indicación de las calificaciones medias, la puntuación otorgada al proyecto de colaboración y el departamento en el que vaya a prestarse dicha colaboración, así como las solicitudes propuestas para su denegación con indicación de la causa de esta.
Acuerdo [223.82 KB] Publicado 7 de octubre de 2024
Descripción códigos denegación.
Alegaciones
Se establece un plazo de 10 días (desde el día siguiente a la publicación de los los listados provisionales) para que los interesados presenten alegaciones y aporten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a través de Registro dirigido a la unidad de becas.
N O T A:
- Se recuerda a todos los estudiantes que tengan solicitada otra beca o ayuda distinta a las del MEFPD, que están obligados a solicitar la compatibilidad como dice la convocatoria de Colaboración en su artículo 4.
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seccion.becas@uam.es (facilitar nombre y apellidos, NIF/NIE, y estudios).
La documentación se presentará a través de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Horario de atención al público
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de tarde: de lunes a jueves de 15,00 h a 17,00 h
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