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Imagen del Logotipo del Departamento de Biología

CONSEJO DE DEPARTAMENTO

Definición y funciones

Es el órgano superior de gobierno del Departamento (Art. 33 de los Estatutos de la UAM). Entre sus funciones están:

  • Elaborar la memoria de actividades docentes e investigadoras del Departamento con la periodicidad y en la forma que acuerde el Consejo de Gobierno de la Universidad.
  • Aprobar la distribución de recursos asignados al mismo.
  • Establecer los planes de docencia e investigación.
  • Establecer los procedimientos de evaluación del alumnado.
  • Elegir y revocar al Director del Departamento.
  • Elevar los informes previos relativos a la provisión de plazas de profesorado vacantes.
  • Elaborar su propio Reglamento de funcionamiento acorde con las normas básicas que fije el Consejo de Gobierno y someterlo a la aprobación de éste.
  • Instrumentar los medios necesarios para impulsar y supervisar la renovación científica y pedagógica de sus miembros, así como responsabilizarse del cumplimiento de las obligaciones docentes.
  • Decidir sobre la vinculación al Departamento de becarios, candidatos al doctorado e investigadores visitantes, que, sin adquirir la condición de personal de la Universidad Autónoma de Madrid ni asumir responsabilidad docente o académica alguna, lleven a cabo tareas investigadoras en el ámbito del Departamento.
  • Nombrar las comisiones que estime necesarias para su mejor funcionamiento, en las que deberán estar representados todos los sectores universitarios.
  • Ejercer las competencias que le atribuyan la legislación vigente y los presentes Estatutos.
  • Resolver las reclamaciones inherentes a asuntos académicos propios de su competencia.

Miembros del Consejo de Departamento

Reglamento de régimen interno

Actas del Consejo de Departamento de Biología

Listado de Actas por años. El acceso a los vídeos está restringido a los miembros del Consejo