Este tipo de prácticas se gestionan directamente en la OPE-Central, quien se ocupa de gestionar y formalizar los Convenios de Cooperación y Anexos necesarios para realizar este tipo de Prácticas dentro del marco regulador contemplado en el Real Decreto 592/2014. Pueden ser:
- Remuneradas: la entidad colaboradora tiene la obligación de dar de alta y cotizar a la Seguridad Social.
- No remuneradas: la UAMno tramitará prácticas extracurriculares no remuneradas en las que la entidad colaboradora no asuma la cotización a la Seguridad Social.
Real Decreto-Ley 2/2023 (Disposición adicional quincuagésima segunda).
En caso de ser estudiante de grado, debes de haber superado el 40% del total de créditos que constituyen la titulación que cursas.
Las Prácticas Externas Extracurriculares NO se pueden reconocer ni convalidar por Prácticas Curriculares.
Procedimiento de Evaluación Prácticas Extracurriculares [134.72 KB]