Las/os doctorandas/os podrán optar por presentar la tesis en formato tradicional o como un compendio de publicaciones. Desde la Comisión y la Coordinación del programa se anima a los/as doctorandos/as a realizar tesis por compendio de publicaciones.
Requisitos generales para presentar la tesis como un compendio de publicaciones
El/la doctorando/a, con la autorización expresa del director/a/es/as de la tesis puede optar por presentar la tesis doctoral como un compendio de publicaciones. Para ello se requiere que tenga publicados o admitidos para su publicación un mínimo de tres contribuciones que deberán cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos específicos del Programa de Doctorado en Psicología Fusionado (se aplica a estudiantes matriculados a partir de junio de 2021)
La Comisión Académica del Programa de Doctorado en Psicología Fusionado reunida el día 22 de marzo de 2021, acuerda los siguientes requisitos:
Estos criterios previamente señalados solo se aplicarán a los/as doctorandos/as de nueva incorporación a este programa integrado de “Doctorado en Psicología” (matriculados después de 1 de febrero de 2021), y a los/as doctorandos/as que pidan admisión por traslado provenientes del “Programa de Doctorado en Psicología clínica y de la salud”.
El cumplimiento de estos criterios será valorado por la Comisión académica del programa
En temáticas no convencionales la Comisión solicitará la opinión justificada de los miembros de la línea de investigación y asimismo la Comisión se reserva la consulta a expertos/as externos/as en la temática de la materia correspondiente.
Esta Comisión acuerda trasmitir a la Comisión de premios extraordinarios de tesis la necesidad de revisar la valoración incremental por el tipo de tesis por compilación de artículos, proponiendo la equiparando de la valoración a las tesis en el formato tradicional.
Los/as doctorandos/as también podrán presentar la tesis en formato tradicional.
La Comisión Académica del Programa de Doctorado en Psicología Fusionado (desde 2021), reunida el día 22 de marzo de 2021, acuerda que para la defensa de las tesis que no sean por compendio de publicaciones el/la doctorando/a debe haber publicado (o tener aceptado para su publicación) un documento (artículo o capítulo de libro) del cual debe ser primer o segundo firmante.
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