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Derechos y Deberes de los Estudiantes

Derechos y Deberes de los Estudiantes

Según el Artículo 22 y 23 de la EDUAM, los doctorandos tienen las siguientes responsabilidades así como derechos.

 
Derechos:
a. Recibir una formación investigadora de calidad, que promueva la excelencia científica y atienda a la equidad y la responsabilidad social.
b. Contar con un tutor que oriente su proceso formativo y con un director, y en su caso un codirector, con experiencia investigadora acreditada, que supervise la realización de su tesis doctoral.
c. Reconocimiento como titular de los derechos de propiedad intelectual o industrial que le puedan corresponder de acuerdo con la legislación vigente.
d. Figurar como coautor en todos los trabajos, artículos o comunicaciones en los que se expongan resultados de investigación en los que su aportación pueda considerarse sustancial o efectiva.
e. Participar en programas y convocatorias de ayudas para la formación investigadora y para la movilidad nacional e internacional en los términos previstos en los mismos.

 
Deberes:
a. Firmar el compromiso documental de supervisión de la tesis doctoral en los términos establecidos por la EDUAM.
b. Formalizar, cada curso académico, la matrícula en la EDUAM, en los plazos que les correspondan.
c. Elaborar el Plan de Investigación y presentarlo en los plazos que se le indiquen, siempre dentro de los seis meses desde la formalización de la primera matrícula. El Plan de Investigación deberá contar con la evaluación positiva del Comité de Ética de la Investigación de la UAM cuando la investigación implique a seres humanos o la utilización de muestras de origen humano, la obtención y el tratamiento de datos de carácter personal que puedan afectar a los derechos fundamentales, la experimentación animal o la utilización de agentes biológicos u organismo modificados genéticamente, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
d. Informar regularmente al director de la evolución de su investigación, los problemas que se le planteen durante su desarrollo y los resultados obtenidos.
e. Seguir las indicaciones que sobre la realización y seguimiento de las actividades formativas y la labor de investigación le hagan su tutor y/o su director de tesis.
f. Velar por el correcto uso de las instalaciones y materiales que se le faciliten con el objeto de llevar a cabo su actividad investigadora.
g. Conocer y cumplir las normas internas sobre seguridad y salud, especialmente las que se refieren al uso de laboratorios, al trabajo de campo y otros entornos de investigación.
h. Observar los principios éticos de la actividad investigadora y respetar el Código de Buenas Prácticas en Investigación elaborado por el Comité de Ética de la Investigación de la UAM y aprobado en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013.
i. Mantener en secreto todos los datos e informaciones de carácter confidencial que el director de la tesis o cualquier otro miembro del equipo investigador en que esté integrado le proporcionen o revelen por cualquier medio, así como a emplear la información obtenida exclusivamente en la realización de la tesis doctoral.
j. Presentar la documentación que le sea requerida para la evaluación anual del Plan de Investigación y del Documento de Actividades, dentro de los plazos que así se le indiquen.

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