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Actividad del tutor y director

Actividad del tutor y director

El director de tesis será un doctor con acreditada experiencia investigadora, designado por la Comisión Académica de un Programa de Doctorado, con independencia de la universidad, centro o institución en que preste sus servicios.

 
Son derechos de los directores:

  1. La plena integración en la estructura y actividades de la EDUAM.
  2. El reconocimiento de su actividad docente e investigadora como director de tesis.

 

Son deberes de los directores de tesis:

  1. Firmar el compromiso documental de supervisión de la tesis doctoral en los términos establecidos por la EDUAM.
  2. Facilitar al doctorando los medios y el entorno científico adecuado para el desarrollo de su tesis doctoral.
  3. Procurar que el plan de investigación tenga un carácter innovador, formativo, y que sea realizable, además de coherente con la línea de investigación a la cual se vincule.
  4. Supervisar la actividad investigadora del doctorando.
  5. Facilitar al doctorando la orientación y el asesoramiento que necesite.
  6. Fomentar la participación del doctorando en aquellas actividades formativas que complementen su formación específica y transversal.
  7. Autorizar, supervisar y evaluar, junto con el tutor, las actividades formativas que desarrolle el doctorando. El/la tutor/a se encargará de reflejar en sigma el estado de las actividades y deberá validar las que se consideren adecuadas (instrucciones para validar las actividades formativas). 
  8. Velar porque los doctorandos sigan, en todo momento, prácticas de trabajo seguras y cumplan las normas internas sobre seguridad y salud, especialmente las que se refieren al uso de laboratorios, al trabajo de campo y otros entornos de investigación.
  9. Responsabilizarse de que el doctorando conozca los principios éticos de la actividad investigadora y observe el Código de Buenas Prácticas en Investigación elaborado por el Comité de Ética de la Investigación de la UAM y aprobado en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013.
  10. Informar, en su caso, al tutor y a la Comisión Académica del Programa de Doctorado de la falta de cumplimiento de sus obligaciones como doctorando, así como de cualquier incidencia en el transcurso de la investigación.

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