A continuación se enumeran los criterios para guiar a la Comisión Académica y a las/os docentes que dirijan y/o tutelen a las/os estudiantes que cursan el doctorado en su evaluación anual de la labor realizada a lo largo de cada año en que desarrollen su investigación doctoral (tutela académica). Esta evaluación tiene como objetivo determinar si el desarrollo de los estudios de doctorado de cada estudiante sigue el ritmo previsto y deseable.
Esta propuesta se ha desarrollado tomando como base el procedimiento para el seguimiento de las/os doctorandas/os de los programas de Doctorado del Real Decreto 99/2011 en la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) propuesto desde la Comisión de Doctorado de la UAM. Es importante recordar que, si bien en nuestro programa no existe la obligación de realizar la tesis doctoral como un compendio de publicaciones, sí se recomienda encarecidamente hacerlo en dicha modalidad. De acuerdo con el documento que establece la estructura y normas del programa de Doctorado definido por el Real Decreto 99/2011 (VERIFICA), la/el estudiante de doctorado, al acabar sus estudios en el programa (transcurridos los 3 años, o 5 si éstos se realizan a tiempo parcial), debe haber presentado al menos una comunicación en un congreso nacional o internacional y ser autor/a de al menos una publicación. En el apartado 1.3 se presentan las características que debe tener esta publicación.
Los criterios para evaluar la actividad de la/el estudiante se presentan organizados por año de tutela, y han sido elaborados de forma genérica para la modalidad de tesis que NO implica una compilación de publicaciones. Sin embargo, dado el gran interés del programa en que el formato de la tesis sea por compendio de publicaciones, se presentan también en este documento (ver sección 2) recomendaciones para orientar a las/os estudiantes que opten por esta modalidad y a sus tutoras/es para desarrollar un plan de trabajo que les permita llegar a su objetivo de hacer la tesis por compendio de publicaciones.
Los criterios que se proponen a continuación son de dos tipos:
a) criterios fundamentales, de los cuales deberán cumplirse un mínimo (especificado en cada caso) para poder conceder una evaluación positiva; y b) recomendaciones o aspectos que se valorarán positivamente.
Asumiendo estos criterios como base para la evaluación anual, la Comisión Académica del programa puede y debe atender a particularidades y/o condiciones específicas de las/os estudiantes a la hora de realizar tal evaluación. Los criterios propuestos son, en su mayoría, recomendaciones, si bien algunos de ellos constituyen requisitos formales para obtener una evaluación positiva (se señalan en cada caso). Los criterios de evaluación que se presentan a continuación varían de acuerdo con el tipo de dedicación de la/el alumna/o al doctorado: a tiempo completo o parcial.
Estos criterios se aplicarán a las/os estudiantes matriculados desde septiembre de 2017. Para evaluar a las/os estudiantes matriculados antes de esta fecha, la Comisión tendrá en cuenta las circunstancias que concurrieron en el momento de su matriculación.
1. CRITERIOS PARA VALORAR EL SEGUIMIENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO
Primer año de tutela |
Criterios fundamentales: (el primer y tercer criterio son requisitos; el segundo es recomendación, ya que a veces los complementos formativos han de cursarse en el segundo año de tutela)
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Se valorará positivamente:
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*Existen dos tipos de actividades formativas: a) actividades formativas complementarias: la Comisión podrá pedir al alumno/a que realice complementos básicos de formación en el primer o segundo año como máximo; b) otras actividades formativas elegidas por las/os alumnas/os, que podrán ir cursando a lo largo de todo su período de formación. Las/os alumnas/os deberán realizar un total de 40 horas de actividades formativas a lo largo de su periodo de Doctorado, e irán registrando estas actividades en la plataforma web. Estas actividades deberán ser validadas en la misma plataforma por sus tutores/as/directores/as. (Instrucciones para validar las Actividades Formativas)
Segundo año de tutela: |
Criterios fundamentales: (debe cumplirse al menos 4 de estos 6)
Nota: el documento VERIFICA establece que se recomendará a la/el estudiante a tiempo completo empezar a trabajar en la publicación desde el 3er cuatrimestre de estancia en el programa.
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Se valorará positivamente:
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Tercer año de tutela: |
Criterios fundamentales (deben cumplirse los 4):
Nota: para los casos en los que la/el estudiante pida prórroga, el criterio fundamental para la evaluación de esta 3ª tutela en estos casos será que se haya producido un avance significativo en el desarrollo de la tesis con respecto a su estado en el momento de la 2ª tutela, y que este avance sea valorado como tal por el/la tutor/a, director/a y la Comisión Académica atendiendo a criterios tanto cualitativos como cuantitativos. |
1.2 En régimen de dedicación A TIEMPO PARCIAL
Primer año de tutela |
Criterios fundamentales (deben cumplirse los 3):
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Se valorará positivamente:
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Segundo año de tutela: |
Criterios fundamentales (deben cumplirse los 3):
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Se valorará positivamente:
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Tercer año de tutela: |
Criterios fundamentales (deben cumplirse los tres):
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Se valorará positivamente:
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Cuarto año de tutela: |
Criterios fundamentales (deben cumplirse al menos 4):
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Se valorará positivamente:
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Quinto año de tutela: |
Criterios fundamentales (deben cumplirse los 4):
Nota: para los casos en los que la/el estudiante pida prórroga: el criterio fundamental para la evaluación de esta 5ª tutela en estos casos será que se haya producido un avance significativo en el desarrollo de la tesis con respecto a su estado en el momento de la 4ª tutela, y que este avance sea valorado como tal por el tutor, director y Comisión Académica atendiendo a criterios tanto cualitativos como cuantitativos. |
1.3 ¿Qué características debe tener la publicación que es requerida en esta modalidad de tesis que NO es por compendio de publicaciones?
La recomendación de la Comisión Académica es que esta publicación sea un artículo en una revista científica nacional o internacional de prestigio y que esté relacionada con la temática de la tesis doctoral. El prestigio puede ser evidenciado por diferentes indicadores, como el JCR (Journal of Citation Reports) y/o el SJR (SCImago Journal & Country Rank).
Asumida esta recomendación, la Comisión Académica podrá valorar que esta publicación sea en otro medio de difusión diferente a revistas científicas, siempre que sea un producto de investigación original, derivado de la tesis y su importancia sea justificada y relevante (p.ej., capítulos de libro en editoriales de prestigio y que incluyan resultados de investigación, software patentado, productos de evaluación psicológica realizados en la tesis que hayan sido publicados, etc.). Se recomienda consultar previamente a la Comisión Académica sobre la pertinencia de contribuciones diferentes a las revistas o capítulos científicos.
2. MODALIDAD DE TESIS POR COMPENDIO DE PUBLICACIONES
2.1 A tiempo completo (en 3 años + 1 posible de prórroga)
A lo largo del 1º año de tutela:
A lo largo del 2º año de tutela:
A lo largo del 3º año de tutela (o del 4º si hay prórroga):
2.2 A tiempo parcial (5 años + 1 prórroga)
A lo largo del 2º año de tutela:
A lo largo del 3º año de tutela:
A lo largo del 4º año de tutela:
A lo largo del 5º año de tutela (o del 6º si hay prórroga):
2.3 Características de las publicaciones requeridas en la tesis por compendio de publicaciones:
La tesis por compendio de publicaciones incluirá al menos tres publicaciones ACEPTADAS que se ajusten a estos criterios:
- Las publicaciones deberán aparecer en revistas científicas nacionales o internacionales de prestigio. El prestigio puede ser evidenciado por diferentes indicadores, pero el impacto JCR será el criterio fundamental que se emplee para valorarlo. La recomendación general es que, de las 3 publicaciones necesarias, al menos dos sean en revistas indexadas en el JCR (Journal of Citation Reports) y/o el SJR (SCImago Journal & Country Rank). Además, se recomienda encarecidamente que al menos una de las revistas pertenezca al primer o segundo cuartil del listado JCR. Asumida esta recomendación, la comisión académica podrá valorar que alguna de las publicaciones sea en otro medio de difusión diferente a revistas científicas, siempre que sea un producto de investigación original, derivado de la tesis y su importancia sea justificada y relevante (p.ej., capítulos de libro en editoriales de prestigio y que incluyan resultados de investigación, software patentado, productos de evaluación psicológica realizados en la tesis que hayan sido publicados, etc.). Se recomienda consultar previamente a la Comisión Académica sobre la pertinencia de contribuciones diferentes a las revistas o capítulos científicos.
- La/el doctoranda/o figurará como primer/a autor/a en al menos una de las publicaciones. En el resto de las publicaciones, la posición del lugar de firma de la/el doctoranda/o deberá ser un reflejo de su papel principal en la elaboración de los trabajos.
3. PRÓRROGAS
Solicitud de Prórroga:
*Enlace al modelo de solicitud de prórroga (en el área de descargas)
Transcurrido el plazo de tres años a tiempo completo o de cinco años a tiempo parcial sin que haya presentado la solicitud de defensa de la tesis doctoral, el doctorando podrá solicitar a la Comisión Académica del programa de Doctorado la autorización de prórroga de un año para estudiantes a tiempo completo, y hasta de dos años para estudiantes a tiempo parcial.
Excepcionalmente, en casos debidamente justificados, el doctorando podrá solicitar a la Comisión Académica del programa de Doctorado la concesión de otro año adicional de prórroga.
Una vez resuelta la solicitud de prórroga por la Comisión Académica se enviará a la Escuela de Doctorado.
La Escuela de Doctorado introducirá los datos temporales de la prórroga en el sistema informático de gestión para que conste en el expediente del doctorando y pueda ser tenida en cuenta a efectos del cómputo del tiempo de permanencia.
Plazo de solicitud de prórroga:
El doctorando debe solicitar la prórroga junto con el informe a la Comisión Académica para la evaluación del tercer año.
Si se trata de una tesis a tiempo parcial, el doctorando debe solicitar la prórroga junto con el informe a la Comisión Académica para la evaluación del quinto año.
Solicitud de prórroga extraordinaria:
Aquellos alumnos que, habiendo agotado la prórroga ordinaria concedida, consideren necesario solicitar una nueva prórroga extraordinaria, deberán subir a SIGMA, con la debida antelación (al menos un mes antes de la conclusión del correspondiente periodo de evaluación), junto con el Informe requerido para la evaluación del año correspondiente a la prórroga ordinaria, un escrito en el que de la forma más detallada posible se haga constar:
La Comisión Académica del Programa estudiará esta documentación, junto con los Informes anuales del doctorando y del tutor, con el fin de adoptar una decisión sobre la prórroga solicitada, que, en todo caso, por su carácter extraordinario, solo será concedida en casos debidamente justificados.
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