Según el artículo 1 del Estatuto de Personal Investigador en Formación en la UAM, podrán ser reconocidas como PIF aquellas personas que hayan recibido una ayuda predoctoral de un programa inscrito en el Registro General de programas de ayudas a la investigación previsto en el RD 63/2006, de 27 de enero. Asimismo, también podrán ser reconocidas las personas que disfruten de ayudas predoctorales asimilables por su semejanza a las referidas anteriormente, así como aquellas que estén realizando un programa de postgrado en la UAM y se dediquen a la investigación en los términos establecidos por la Comisión de Investigación de la UAM y recogidos en el desarrollo del artículo 1b2 del Estatuto.
Listado del personal investigador en formación:
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