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Facultad de Medicina

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Cotización Prácticas Externas previas a 2024

Cotización a la Seguridad Social por la realización de Prácticas Formativas o Prácticas Externas previas a 2024

El 1 de mayo de 2024 entra en vigor la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, realizadas con anterioridad a su fecha de entrada en vigor.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

  1. El ámbito de aplicación de esta orden se extiende a las personas que, con anterioridad a las fechas indicadas en el apartado 2 de este artículo, hubieran realizado las prácticas formativas que se determinan en el apartado 1 de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  2. En el caso de prácticas no remuneradas, su realización deberá haberse producido con anterioridad al 1 de enero de 2024, fecha de entrada en vigor de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.En el caso de prácticas remuneradas, su realización deberá haberse producido con anterioridad al 1 de noviembre de 2011, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
  3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden podrán solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la suscripción del convenio especial en ella regulado, por una única vez, a fin de posibilitar el cómputo de la cotización correspondiente a los períodos de prácticas realizados, hasta un máximo de 1.825 días.

Disposición adicional quincuagésima segunda. Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.

  1. La realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación y la realización de prácticas académicas externas al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria, determinará la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que las realicen en los términos de esta disposición adicional.

Las prácticas a que se refiere el párrafo anterior comprenden:

a) Las realizadas por alumnos universitarios, tanto las dirigidas a la obtención de titulaciones oficiales de grado y máster, doctorado, como las dirigidas a la obtención de un título propio de la universidad, ya sea un máster de formación permanente, un diploma de especialización o un diploma de experto.

b) Las realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que las mismas no se presten en el régimen de formación profesional intensiva.

c) Las realizadas por alumnos de Enseñanzas Artísticas Superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.

La Seguridad Social tiene la información relativa al proceso de solicitud del convenio.

Solicitud de Certificado

Estudios de Licenciatura o Grado en Medicina

Para personas que hayan cursado sus estudios en la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM).

Enviar correo electrónico a practicas.medicina@uam.es

Indicar en el correo:

  • Asunto: Solicitud Certificado para la S.S.
  • Nombre y apellidos del solicitante, año de inicio y finalización de estudios.

Adjuntar

Estudios de Diplomatura o Grado en Enfermería

Para personas que hayan cursado sus estudios en la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) y/o escuelas adscritas.

Enviar correo electrónico a practicas.enfermeria@uam.es

Indicar en el correo:

  • Asunto: Solicitud Certificado para la S.S.
  • Nombre y apellidos del solicitante año de inicio y finalización de estudios y centro de estudios.

Adjuntar

Estudios de Doctorado

En el caso de becas de investigación se deben derivar las peticiones a servicio.investigación@uam.es

Estudios propios 

En el caso de becas de investigación se deben derivar las peticiones a estudios.propios@uam.es

Contacto

Oficina de Prácticas Externas

Edificio de Decanato

Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Madrid.

Calle del Arzobispo Morcillo, 4. 28029 Madrid.

Teléfono: 0034 914 975 461, 0034 914 976941

Correo electrónico: practicas.medicina@uam.es (Grado en Medicina, Másteres oficiales), practicas.enfermeria@uam.es (Grado en Enfermería)

Horario de atención

Atención presencial: lunes a jueves de 9 a 14 h y de 15 a 17 h y viernes de 9 a 14 h.

Se recomienda concertar cita previamente: practicas.medicina@uam.es (Grado en Medicina, Másteres oficiales), practicas.enfermeria@uam.es (Grado en Enfermería)

Horario de verano (de junio a agosto) y Semana de San Isidro: de lunes a viernes de 9 a 14 h.

 

 

Facultad de Medicina. Universidad Autónoma de Madrid. Calle del Arzobispo Morcillo 4. 28029 Madrid. Tel.: +34 914 975 486. Correo electrónico: informacion.medicina@uam.es