Admisión
Con carácter general, para el acceso y admisión a las enseñanzas de doctorado se aplicará lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del R.D 99/2011 de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, así como en los artículos 8 y 9 de la Normativa de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la UAM.
Acceso
1. Con carácter general, para el acceso a un Programa Oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado o equivalente y de Máster Universitario Oficial.
2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de un título universitario oficial español (o de otro país integrante del EEES) que habilite para el acceso al máster de acuerdo con lo establecido por el RD 1393/2007 de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 ECTS en el conjunto de los estudios universitarios ofíciales, de los que al menos 60 ECTS deberán ser de nivel de máster.
b) Estar en posesión de un título universitario oficial español de Graduado cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 ECTS. En este caso, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación investigadora, deberán cursar los complementos de formación equivalentes en valor formativo a los créditos de investigación procedentes de estudios de máster.
c) Los titulados universitarios que hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
d) Estar en posesión de un título oficial obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, siempre que acrediten un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles de Máster Universitario y que faculten, en el país de origen, para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título extranjero del que esté en posesión el doctorando ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a las enseñanzas de doctorado.
e) Estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el RD 778/98, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la Suficiencia Investigadora según lo regulado por el RD 185/85, de 23 de enero.
f) Estar en posesión de otro título español de doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
Acceso a estudios oficiales de doctorado regulados por el Real Decreto 99/2011, de candidatos que estén en posesión de titulaciones oficiales universitarias españolas anteriores a las reguladas por el RD 1393/2007 (Licenciado, Ingeniero o Arquitecto):
Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la UAM de 6 de febrero de 2015 y exclusivamente a los efectos de valorar el requisito de acceso a doctorado contemplado en el Art. 6.2 a) RD 99/11 “haber superado un mínimo de 300 ECTS en el conjunto de los estudios universitarios ofíciales, de los que al menos 60 ECTS deberán ser de nivel de máster”, se aplicarán los siguientes criterios:
Procedimiento Especial de Acceso a los Estudios de Doctorado del RD 99/2011:
El procedimiento se iniciará mediante solicitud del candidato, acompañada de un certificado de estudios en el que consten las asignaturas y créditos superados, indicando el Programa de Doctorado para el que solicita el acceso. En caso de candidatos con títulos de sistemas educativos extranjeros, además se solicitará que acrediten que su titulación faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado.
La resolución favorable sobre el acceso no implica la admisión automática al Programa de Doctorado y, en todo caso, queda abierta la vía general de acceso a los estudios de doctorado (mediante la posesión de título oficial español de Grado o equivalente y de Máster Universitario).
Perfil de Ingreso recomendado
Para el ingreso en el Programa de Doctorado en Economía y Gestión de la Innovación se recomienda que el alumno posea conocimientos previos de economía y gestión de la innovación equivalentes a estudios a nivel de Máster. Este doctorado está especialmente recomendado para los alumnos que hayan cursado previamente el Máster en Economía y Gestión de la Innovación (MEGIN) o, al menos, 60 ECTS en el caso de másteres oficiales de duración mayor, que pertenezcan al mismo campo de conocimiento o un campo afín.
Se requiere que el alumno posea capacidades de comprensión del entorno económico y empresarial, de análisis cuantitativo y cualitativo de la información y de expresión oral y escrita en español y en inglés. Estas capacidades se consideran imprescindibles para el desarrollo de la actividad científica y facilitan la participación en entornos de investigación de ámbito internacional. Se recomienda tener un nivel de inglés igual o superior a B2 según las especificaciones del Consejo de Europa.
Otros perfiles: Los contemplados en el RD 99/2011, de 28 de enero, siempre que los planes de estudio incluyan conocimientos de Economía y Gestión de la Innovación equivalentes a estudios de posgrado.
Criterios de Admisión
Además de cumplir con los requisitos de acceso a un programa de doctorado recogidos en el RD 99/11, los aspirantes a ser admitidos en este doctorado deberán poseer el perfil de ingreso recomendado y, por tanto, haber completado 60 ECTS en estudios de Máster en los campos de Economía y Gestión de la Innovación (o campos afines).
Los candidatos que satisfagan los requisitos de acceso, deberán aportar la siguiente documentación para proceder a su evaluación:
Para su admisión en el doctorado, los candidatos deberán obtener una puntuación superior a 80 de un total de 100, conforme a los criterios de valoración de méritos siguientes:
El órgano que llevará a cabo el proceso de Admisión es la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Economía y Gestión de la Innovación, que estudiará individualmente cada solicitud presentada y resolverá de acuerdo con los principios de transparencia e igualdad de oportunidades, méritos y capacidad.
El programa contempla la posibilidad de admitir estudiantes a tiempo parcial, de acuerdo a la posibilidad que contempla el RD 99/11. En este caso, se aplicarán los mismos criterios de admisión a todos los estudiantes, independientemente de cuál sea su dedicación, a tiempo completo o parcial.
Documentos
Los documentos deben ser presentados en el Centro de Estudios de Posgrado.
Los siguientes documentos son obligatorios:
Los siguientes documentos son opcionales:
A continuación se describen los procedimientos generales para la admisión a un Programa de Doctorado Oficial en la UAM. En el siguiente enlace encontrará más información específica del programa DEGIN :
http://www.uam.es/docencia/degin/megin/doctorado.htm
A continuación se describen los procedimientos generales para la admisión a un Programa de Doctorado Oficial en la UAM. En el siguiente enlace encontrará más información específica del programa DEGIN :
http://www.uam.es/docencia/degin/megin/doctorado.htm
Universidad Autónoma de Madrid
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Oficina de Gestión de Alumnos
C/ Francisco Tomás y Valiente, 5
28049 Madrid
doctorado.gestion@uam.es
Coordinación Académica:
Félix Fernando Muñoz Pérez
info.doctorado.economia-innovacion@uam.es
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