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Convalidación parcial de estudios extranjeros

CONVALIDACIÓN PARCIAL DE ESTUDIOS EXTRANJEROS

 

Puede consultar en el siguiente ENLACE toda la normativa aplicable, (incluye información sobre el número de plazas ofertadas).

Estudiantes con estudios completos o parciales

  1. Los estudiantes con estudios universitarios extranjeros completos (con derecho a la obtención de un título en su Universidad de origen) pueden solicitar la homologación de dicho título en el Ministerio de Educación español.
     
  2. Los estudiantes con estudios universitarios extranjeros iniciados (sin haberlos completado ni poder obtener ningún título), podrán solicitar la  convalidación parcial de estudios extranjeros directamente en el Centro o Centros Universitarios de su interés, si tales estudios no han sido previamente convalidados u homologados en otros estudios/Centro. 

SOLICITUDES DE PLAZA

REQUISITOS:

Para solicitar plaza en la Escuela Politécnica Superior en cualquier estudio de Grado, es requisito indispensable obtener el reconocimiento de al menos 30 créditos de las materias básicas del Plan (*).

Consultar en la página web de la Escuela, en el apartado "Estudios", el Plan de Estudios de cada Grado y el contenido de asignaturas (Repositorio de Guías Docentes) para ver posibles analogías con las asignaturas ya superadas.

Los estudios realizados que se pretendan convalidar deben tener carácter universitario, validez oficial en el país de origen, y afinidad con los que se quieren solicitar. Al realizar la solicitud, se deberá entregar, cumplimentada y firmada, la  Declaración Jurada para Acceso con Estudios Extranjeros

Plazo de solicitud en esta Escuela.

La documentación (original y copia) se presentará en la Administración de la Escuela Politécnica Superior. No se admitirá documentación incompleta.

Será necesario solicitar cita previa para concertar día y hora en la siguiente dirección: administracion.eps@uam.es

PLAZO: del 4 de junio al 4 de julio de 2024

Documentación a presentar. (**)

  • Impresos: Además de la Declaración Jurada arriba mencionada, se deben cumplimentar y firmar el  Impreso de convalidación parcial de estudios extranjeros y el de Reconocimiento de Asignaturas, rellenando y firmando la Propuesta de equivalencia de asignaturas
  • Certificación Académica de las asignaturas y calificaciones obtenidashasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en la que debe también figurar el sistema de calificaciones aplicado, el número de horas lectivas, la fecha de superación de cada una de ellas,  y la indicación expresa, si es su caso, de que los estudios realizados no permiten la obtención de ningún título.
  • Declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de los estudios cursados en el extranjero, expedida por el Ministerio de Educación. Para facilitar las equivalencias de las calificaciones de títulos universitarios extranjeros, el Ministerio de Educación ha resuelto implementar un formulario on-line que responde a la introducción, por parte del interesado, de sus calificaciones y de la obtención de la nota media equivalente al sistema español. Aquí puede acceder a este servicio on-line, donde encontrará toda la información sobre cómo calcular la Equivalencia de la nota media de sus estudios universitarios realizados en centros extranjeros con el sistema de calificaciones español
  • Plan de Estudios: Estructura-resumen o pensum de la titulación iniciada en el extranjero, con las asignaturas que se imparten en cada uno de los cursos.
  • Programa de las asignaturas ,contenidos y temas, haciendo constar también el número de horas y semanas lectivas de teoría y prácticas,  Deberán venir selladas por el Departamento o contener sello de verificación electrónica. Cada uno de los programas deberá adjuntarse por separado (no se admitirá ninguna documentación que no venga en este formato).
  • Quienes no sean nacionales de Estados que tengan como lengua oficial el español, deberán acreditar un nivel B2 en español. Pueden consultar en el siguiente enlace, en el apartado de Competencia Lingüística, los certificados válidos para la acreditación.
  • Fotocopia del pasaporte o documento identificativo.
  • Justificante de la transferencia realizada para el estudio de la solicitud de traslado (70 €) establecida en el Decreto de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. Los datos bancarios para la transferencia son : Banco Santander “UAM precios públicos” IBAN: ES62 0049 1811 3523 1042 9052 (Swift: BSCHESMM)  (Concepto: Nombre y apellidos/Traslado de expediente). Si se obtuviese la plaza, se generará una tasa del 25% del precio de cada crédito reconocido.
  • Cualquier otro documentos que se desee aportar.

 

CRITERIOS DE SELECCIÓN:

  • Mayor número de créditos de formación básica reconocidos. A igual número de créditos de formación básica, se priorizará el mayor reconocimiento de créditos obligatorios y en segundo lugar de optativos.
  • Mejor expediente académico, en el caso de igual número de créditos reconocidos.
  • Otras circunstancias, debidamente acreditadas, que justifiquen el cambio solicitado (cambio de residencia, motivos de salud, profesionales, cambio de residencia en deportistas de alto nivel y alto rendimiento).

 

RESOLUCIÓN:

La resolución se publicará en el Tablón de la Sede Electrónica de la Universidad Autónoma de Madrid el 26 de julio de 2024.

 

(*) Existen otras modalidades de acceso para estudios iniciados en el extranjero y estudios ya homologados a los equivalentes españoles de enseñanza media. Consulte en los servicios centrales de ACCESO de las Universidades y en la aplicación UNEDasiss (Application Service for International Students in Spain)

(**) Los documentos deberán ser oficiales y estarán expedidos por las autoridades competentes. Se presentarán legalizados, por vía diplomática o, en su caso, mediante la "Apostille" (Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961).

Para la legalización por vía diplomática, deberán ser presentados en:

- Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios.

- Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos

- Representación diplomática o consular de España en dicho país

Para los documentos expedidos en países de la Unión Europea y Espacio Económico Europeo no será necesaría la legalización de los documentos aportados.

Deberán ir acompañados, en su caso, de la traducción oficial al castellano, que podrá hacerse:

- Por cualquier representación diplomática o consular del Estado Español en el extranjero.

- Por la representación diplomática o consular en España del país de que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.

- Por Traductor Jurado, debidamente autorizado o inscrito en España.
 

 

 

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