La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) y el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, constituyen el marco normativo al que nos debemos atener para asegurar la calidad de los Títulos impartidos en nuestra Facultad. Por un lado, la LOSU (art. 5) señala la necesidad de que las Universidades, a través de sus Centros, cuenten con Sistemas Internos de Garantía de Calidad. Por otro, el Capítulo V del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre, regula los procedimientos para el aseguramiento de la calidad de los Títulos de Grado y Posgrado: verificación, posible modificación y renovación de la acreditación.
El Sistema Interno de Garantía de Calidad constituye, en consecuencia, un protocolo de procedimiento que asegura el control, evaluación, revisión y mejora continua de cada una de las Titulaciones oficiales de Grado y Posgrado que se imparten en nuestra Facultad. Comprende, entre otros asuntos:
El SIGC cuenta con una persona encargada de su Coordinación (en la actualidad, el Delegado del Decano para seguimiento y mejora de Estudios), así como con una Comisión Técnica de Garantía de Calidad que vela por el seguimiento de los Títulos y el cumplimiento de la política de calidad del Centro.
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